en Actualidad IPM

Hoy en día la eficiencia energética está considerada como una de las mejores alternativas para reforzar la seguridad de abastecimiento energético y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y de otras sustancias contaminantes a nivel mundial para poder alcanzar un crecimiento sostenible.

Las importaciones de petróleo, gas y carbón suponen para la economía europea un gasto de 406.000 millones de euros al año, una cifra que equivale al 3,2% del Producto Interior Bruto (PIB) de la UE. Además, se prevé que para 2035 la dependencia energética de Europa sea del 80%.

A la vista de estos datos, la UE decidió fijar como objetivo para 2020 la reducción del 20% de su consumo energético (un 30% para 2030, según los últimos datos de la Comisión Europea). Una meta que no lleva camino de alcanzarse -tan sólo se lleva cumplido la mitad del objetivo-, debido a la ausencia de esfuerzos adicionales por parte de los diferentes países miembros, que no están aprovechando el elevado potencial de ahorro energético existente en edificios, transporte y procesos productivos.

Para tratar de encauzar esta situación, en octubre de 2012 el Parlamento Europeo decidió aprobar la Directiva 2012/27/UE de Eficiencia Energética, que incluye una serie de acciones para la consecución de este objetivo.

Instrumento para reactivar la economía

Estudiada y analizada por expertos del sector de la eficiencia, la Directiva es considerada como un instrumento muy importante para la reactivación de la economía. En cifras reales, la aplicación plena de la Directiva podría suponer un ahorro de costes a hogares y empresas de 38.000 millones de euros y un ahorro de inversiones en la red de 6.000 millones de euros.

En una reciente jornada organizada por La Oficina de Javier García Breva, se identificaban hasta 20 nichos de negocio en esta Directiva, que suponen nuevas especializaciones productivas y actividades económicas derivadas de la aplicación de los distintos artículos que comprende la norma, tales como la rehabilitación de edificios, los sistemas de obligaciones de ahorro de energía, los contadores inteligentes y de balance neto, los sistemas urbanos de calefacción y refrigeración, auditorías y certificación energéticas, empresas y contratos de servicios energéticos que, entre otros, abren grandes posibilidades para desarrollar un gran sector de la eficiencia energética con fuerte impacto en el desarrollo local y el empleo.

Lo cierto es que el pasado 5 de junio finalizó el plazo para que todos los Estados miembros de la UE hubieran llevado a cabo una transposición completa de esta Directiva, y España no era una excepción. Sin embargo este hecho no se ha producido y, en el caso concreto de nuestro país, a día de hoy tan sólo se ha llevado a cabo la transposición parcial de alguno de esos artículos.

Concretamente, el 4 de julio, el Gobierno aprobaba el Real Decreto Ley (RDL) 8/2014 de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia en el que, entre otros y variopintos temas, incluye la obligación de crear un Fondo Nacional de Eficiencia Energética -en cumplimiento del artículo 20 de la Directiva-, y un sistema de obligaciones de ahorro de energía -artículo 7 de la Directiva-, en virtud del cual las empresas comercializadoras de electricidad, gas y productos petrolíferos, quedarán obligadas a alcanzar en el año 2020 un objetivo de ahorro de casi 16 millones de toneladas equivalentes de petróleo mediante la consecución anual, a partir del presente año, de un ahorro equivalente al 1,5% de sus ventas finales anuales de energía.

Las comercializadoras también deberán contribuir a nutrir los recursos del Fondo Nacional, cuya cuantía quedará reflejada en un desarrollo normativo posterior, porque la única cantidad que se fija es la de los 350 millones de euros procedentes de fondos europeos.

Advertencia de Bruselas

El incumplimiento de esta Directiva ha hecho que la Comisión Europea haya advertido a España de una nueva demanda ante el Tribunal Europeo de Justicia, que ya ha condenado a nuestro país por no haber hecho la transposición completa de la Directiva 2002/91/CE de eficiencia energética de edificios después de 11 años. La sentencia, que se dio a conocer el pasado mes de enero, da la razón a la Comisión Europea que demandó al Reino de España por haber incumplido los plazos fijados para incorporar al ordenamiento jurídico nacional las medidas de eficiencia energética para edificios, obligatorias desde enero de 2006.

Lo que sí se ha presentado ha sido el Plan Nacional de Acción de Eficiencia Energética 2014-2020 que, actualmente, se está estudiando desde Bruselas y que establece medidas para que España cumpla el objetivo del 20% de reducción del consumo de energía en 2020.

FUENTE: El Economista

 

Artículos recomendados

Dejar un comentario